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Decreto Presidencial sobre el Clima de Negocios

septiembre 26, 2019
Noticias Presidencia

El Presidente de la República, S. E. Obiang Nguema Mbasogo, firma el decreto número 109/2019 por el que se crea el Comité Técnico Nacional para la Mejora del Clima de Negocios y la Competitividad de la Economía de Guinea Ecuatorial.

Decreto Núm.109/2019, de fecha 05 de septiembre, por el que se crea Comité Técnico Nacional para la Mejora del Clima de Negocios y la Competitividad de la Economía de Guinea Ecuatorial.

EXPOSICION DE MOTIVOS:

Considerando que, en el marco de la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social ( PNDES) ´´Horizonte 2020´´, Guinea Ecuatorial ha desarrollado con éxito un ambicioso Plan de desarrollo en las Infraestructura de Carreteras, Puertos, Aeropuertos, Telecomunicaciones, Energía Eléctrica, Hoteles, etc., todas ellas también variables básicas e imprescindibles para impulsar una diversificación económica que sea el catalizador principal de un desarrollo económico inclusivo y sostenible como uno de los pilares básicos del Plan Nacional de Desarrollo.

Considerando que, desde el año 2002, la Corporación Financiera Internacional ( CFI), perteneciente al Banco Mundial, publica anualmente el Informe Doing Business; el cual se ha convertido para los inversores internacionales y nacionales , como una guía para evaluar y analizar el estado del Clima de Negocios en todos los países del Mundo.

Considerando que el ultimo publicado indica que Guinea Ecuatorial ha pasado del puesto 165 al 167 entre el 2008 y el 2018, lo que supone una caída de 12 posiciones durante ese periodo. Esta coyuntura adversa es un claro factor de riesgo para que el Gobierno de la Nación implemente con el éxito deseado sus lineamiento de política económica, así como la de avanzar hacia una sociedad de pleno empleo y que se situé a la vanguardia de la mejora de los indicadores sociales.

Considerando las recomendaciones del Seminario de Alto Nivel sobre el Clima de Negocios en Guinea Ecuatorial celebrado en la Ciudad de Sipopo, del 21 al 23 de Noviembre del año 2018, en el que participaron el Sector Publico, el Sector Privado y los Socios al Desarrollo, quienes, durante tres días, reflexionaron sobre la posición de Guinea Ecuatorial en cada uno de los parámetros del Ranking Doing Business, se hace necesario crear un Comité Nacional y un Comité Técnico; dichas estructuras apoyado por una secretaria Técnica, harán un seguimiento de manera permanente, para que velen por el estado del posicionamiento Internacional de Guinea Ecuatorial.

Visto el Articulo 41, inciso C ) de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial y el 17.5 , inciso C ) de la Ley nº 2/2015, de fecha 28 de Mayo, de Régimen Jurídico de la Administración General del Estado.

En su virtud, y a propuesta del Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación, previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el día 05 de Julio del año dos mil diecinueve.

 

DISPONGO:

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1.- como cumplimiento de las recomendaciones del Seminario de Alto Nivel celebrado en la Ciudad de Sipopo, se crean las siguientes estructuras:

  • Un Comité Nacional
  • Un Comité Técnico y.
  • Una Secretaria Técnica, las cuales velaran por el estado del posicionamiento internacional del Ranking de Guinea Ecuatorial.

DEL COMITÉ NACIONAL.

Artículo 2.- el Comité Nacional es el órgano encargado de impulsar y adoptar políticas que contribuyan a la mejora del posicionamiento internacional del Ranking de Guinea Ecuatorial.

DEL COMITÉ TECNICO

Articulo 3.- el Comité Técnico como unidad técnica de coordinación será la encargada de proponer medidas para asegurar la veracidad y actualidad de la información sobre los parámetros utilizados por el Ranking Doing Business del Banco Mundial y el índice de competitividad global del foro económico mundial cara al mejoramiento de la posición del País.

DE LA SECRETARIA TECNICA

Artículo 4.- la Secretaria Técnica es el órgano encargado de apoyar y preparar los trabajos del Comité Técnico.

TITULO II

DE LAS FUNCIONES.

Artículo 5.- el Comité Nacional tendrá las siguientes funciones:

  1. Velar por el cumplimiento de la Hoja de Ruta adoptada por el Gobierno para la Mejora del Clima de Negocios en Guinea Ecuatorial.
  2. Adoptar políticas publicadas para el mejor posicionamiento de Guinea Ecuatorial en el Ranking Doing Business.
  3. Analizar las propuestas remitidas por el Comité Técnico sobre el Clima de Negocios y la Competitividad Económica.
  4. Proponer al Gobierno cambios en la legislación para facilitar la realización de negocios en el País y mejorar la competitividad económica.
  5. Cualquier otra función que le asigne el Gobierno.

Artículo 6.- El Comité Técnico tendrá las siguientes funciones:

  1. Hacer seguimiento de la implementación de la Hoja de Ruta adoptado por el Gobierno para la mejora del Clima de Negocios en Guinea Ecuatorial.
  2. Elaborar propuestas para mejorar la calificación de Guinea Ecuatorial en el Ranking Doing Business y presentarla ante el Comité Nacional. 
  3. Recopilar y procesar la información que el Gobierno transmite al Banco Mundial en relación al Ranking Doing Business y presentarla ante el Comité Nacional para su validación y remisión al Banco Mundial.
  4. Elaborar propuestas para la incursión de Guinea Ecuatorial en el Informe Global de Competitividad que publica anualmente el Foro Económico Mundial.
  5. Asesorar al Comité Nacional en materia de Ranking Doing Business del Banco Mundial.
  6. Asesorar al Comité Nacional en materia del Ranking Global de Competitividad que elabora el Foro Económico Mundial.
  7. Asistir técnicamente al Comité Nacional en sus reuniones, preparando la documentación a analizar, así como cualquier otra función que le asigne el Comité Nacional.

Articulo 7.- la Secretaria Técnica para la mejora del Clima de Negocios y la Competitividad de la Economía de Guinea Ecuatorial, se encargará de apoyar y preparar los trabajos del Comité Técnico.

TITULO III

DE LA COMPOSICIÓN.

 Articulo 8.- el Comité Nacional para la Mejora del Clima de Negocio de la Competitividad, estará compuesto de los siguientes miembros:

  • Presidente:Primer Ministro del Gobierno- Encargado de la Coordinación Administrativa.
  • Vice- Presidente: Ministro de Hacienda, Economía y Planificación.
  • Miembros :

 

  • Ministro de Estado-Encargado de la Seguridad Nacional.
  • Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación.
  • Ministro de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias.
  • Ministro de Comercio y Promoción de Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Ministro de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.
  • Vice – Ministro de Hacienda, Economía y Planificación.
  • Un (1) Representante del Sector Privado
  • Cualquiera otra Institución decidida por el Comité Nacional cuya implicación sea relevante en la mejora del Clima de Negocios y la Competitividad Económica.

 

Artículo 9.-el Comité Técnico estará compuesto de los siguientes miembros:

  • Presidente: Secretario de Estado- Encargado del Seguimiento del Programa Guinea Ecuatorial Horizonte 2020.
  • Vice – Presidenta: Secretaria de Estado del Ministerio de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciaria.
  • Miembros:
  • Dirección General de Economía y Cuentas Nacionales.
  • Dirección General de Planificación y Programación de Inversiones Públicas.
  • Dirección General de Aduanas.
  • Dirección General de Impuestos y Contribuciones.
  • Dirección General de Extranjería y Documentación.
  • Dirección General de Industria.
  • Dirección General de Energía.
  • Dirección General de Comercio.
  • Dirección General de Asuntos Jurídicos.
  • Dirección General de Competitividad y Protección al Consumidor.
  • Dirección General de Registros y Notariado.
  • Dirección General de Jurista.
  • Dos (2) Representantes del Sector Privado.
  • Cualquier otra Institución decidida por el Comité Técnico cuya implicación sea relevante en la mejora del Clima de Negocios y la Competitividad Económica.

 

Articulo 10.- La Secretaria Técnica, estará compuesta como sigue:

  • Dirección General de la Agencia Nacional Guinea Ecuatorial 2020.
  • Dirección General del Instituto Nacional de Estadísticas de Guinea Ecuatorial.
  • Dirección General del Instituto Nacional de Desarrollo y Promoción Empresarial.

 

TITULO IV

DE LAS REUNIONES.

 

Articulo 11.- para garantizar la consecución de los objetivos perseguidos en el presente Decreto, se establece como prioridad la celebración de reuniones ordinarias como sigue:

 

  • El Comité Nacional, se reunirá cada dos (2) meses.
  • El Comité Técnico se reunirá una (1) vez al mes.
  • Se podrán celebrar así mismo reuniones extraordinarias para temas que revisten carácter de urgencia y cuando lo soliciten la mitad de sus miembros.

Las reuniones tanto ordinarias como extraordinarias, serán convocadas por el Presidente o, en su ausencia el Vice- Presidente.

TITULO V

DE LA FINANCIACION.

Articulo 12.- las actividades del Comité Nacional, el Comité Técnico y la Secretaria Técnica para la Mejora del Clima de Negocios y la Competitividad de la Economía de Guinea Ecuatorial serán financiadas por:

  1. El Presupuesto General del Estado, con cargo al crédito presupuestario denominado "Programa y Proyectos Institucionales"asignado al Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación.
  2. Recursos que reciba de Instituciones Especializadas y de los Socios al Desarrollo u otros Organismos Nacionales y/o Internacionales.

 

 

DISPOSICION ADICIONAL:

 

         Se faculta al Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación, velar por el exacto cumplimiento y adoptar todas cuantas medidas sean necesarias para la mejor ejecución de lo dispuesto en  el presente Decreto.

DISPOSISCION FINAL:

El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación por los Medios Informativos Nacionales y/o en el Boletín Oficial del Estado.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a cinco días del mes de Septiembre del año 2019.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Dirección General de la Página Web Institucional (DGPWIGE)

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).