Guinea Ecuatorial Press quiere enviarle la actualidad informativa en su dispositivo

No gracias
Aceptar
jue. 28 noviembre, 12:22
Español
Español
Inglés
Francés
Portugués

Decretos de la Presidencia de la República

octubre 07, 2013
Noticias Presidencia

El pasado tres de octubre la Presidencia de la República público los decretos por los que se cesaba a Don Vicente Rodríguez Siosa y se acordaba la apertura y clausura del Periodo Ordinario de Sesiones del Pleno del Senado.

DECRETO Número 141/2013, de fecha 30 de septiembre por el que se dispone el cese de Don Vicente Rodríguez Siosa, en el cargo del Consejero de la Presidencia del Gobierno en Materia de Pesca en el Ministerio de Pesca y Medio Ambiente.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que me confieren el artículo 41, inciso h) de la Ley Fundamental del Estado, vengo en disponer el cese de Don Vicente Rodríguez Siosa en el cargo de Consejero de la Presidencia del Gobierno en Materia de Pesca en el Ministerio de Pesca y Medio ambiente, a petición propia.

Así lo dispongo por el presente Decreto dado en Malabo, a treinta días del mes de septiembre del año dos mil trece.

DECRETO Número 142/2013 de fecha 3 de octubre, por el que se acuerda la apertura y clausura del Periodo Ordinario de Sesiones del Pleno del Senado en la ciudad de Malabo, capital de la nación.

Visto lo dispuesto en el capítulo IV, disposiciones Comunes de las Cámara, así como en los Artículos 64 y 65 de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, que establecen que la apertura y clausura de periodo de sesiones, tanto el Ordinario como el Extraordinario del Senado, son acordados por Decretos del Presidente de la República, de acuerdo con la mesa del mismo.

Visto, asimismo, la Resolución número 975/2.013, de fecha 1 de octubre del presente año 2013, del repetido Senado, y en uso de las prerrogativas que me confiere el invocado texto legal.

DISPONGO:

ARTÍCULO PRIMERO: en virtud del presente Decreto, se acuerda la apertura del Periodo de Sesiones del pleno del Senado, para el próximo martes, 8 de octubre actual en la ciudad de Malabo, capital de la nación, conforme al Orden del Día presentado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Le queda facultado de igual manera al propio Senado, clausurar dicho Periodo Ordinario de Sesiones una vez agotado el correspondiente Orden del Día.

Así lo dispongo por el presente Decreto dado en Malabo, a tres días del mes de octubre del año dos mil trece.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

Texto: María Jesús Nguema (Prensa Presidencial). 
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial.

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).