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Entrevista al Defensor del Pueblo

junio 15, 2016
Noticias

El Defensor del Pueblo, Marcelino Nguema Onguene, ha participado en la jornada del 14 de junio en el programa A Fondo, para explicar a la audiencia el funcionamiento de este órgano, su constitución y la designación de sus dirigentes, entre otros aspectos.

-“Yo digo que no creo que ningún Estado pueda reestructurarse, crear órganos, sabiendo que habrán otros con los que habrá conflicto de atribuciones. Es cuestión de la interpretación que a veces hacen ciertas personas y cuestión del carácter de la gente que manejan las instituciones. En nuestro caso, el Defensor del Pueblo es alto comisionado del Parlamento; sería ridículo pensar que la Cámara de Diputados de Comisión de Quejas, habiendo designado a un Defensor del Pueblo, que va a ocuparse de las quejas, tenga que seguir asumiendo las funciones que ya no le corresponden”, afirmaba Nguema Onguene.

-“Nosotros necesitamos un periodo de sensibilización muy grande y que debe ser permanente, y por eso tenemos un jefe de área de Comunicación e Imagen Institucional, Manuel Ndong, que fue director general de esta casa, que va a trabajar con Televisión Guinea Ecuatorial, con Radio Nacional, Radio Asonga, Televisión Asonga y también con la prensa escrita, para que nosotros hagamos que la gente conozca exactamente cuál es el papel de cada uno.

Hay una ley que se aprobó en épocas pasadas y sigue vigente, que es la Ley de Quejas y Peticiones. Una ley que establece que cualquier ciudadano que tiene un interés legítimo y necesita que sobre una cuestión que le preocupa se revuelva, puede presentarlo ante cualquier órgano. Es el órgano que recibe el que ve si es o no competente sobre esta cuestión; si es competente lo tratan, y si no, entonces lo mandan al órgano que debe resolverlo. También tenemos en nuestro caso, la situación de que la Cámara de Diputados y su predecesor que fue la Cámara de Representantes del Pueblo, han estado trabajando con una comisión de quejas, a la que muchos ciudadanos, a veces erróneamente, otras veces con razón, han acudido olvidándose de que para ciertas cuestiones deberían dirigirse a la administración pública, o de justicia, en algunos casos. En nuestro caso, una característica específica del Defensor del Pueblo es que las quejas no tienen ningún costo para la persona que lo hace y también otro de los principios es que la tramitación de las quejas o gestiones debe de ser ágil y sumaria, para tratar de no hacer que la gente espere muchísimo.

La otra situación es que nosotros estamos obligados a recibir las quejas con carácter formal, ya sea por carta, teléfono, fax, telegrama, correo electrónico… Por cualquier medio de comunicación se puede presentar una queja con carácter anónimo, que tenemos que investigar. Cuando el Defensor del Pueblo recibe una queja y resulta que la cuestión está en proceso judicial, no se admite a trámite, para tratar de que los jueces terminen de ver. Y si está en tramitación administrativa tampoco, porque nosotros no sustituimos a ningún órgano.

Lo que nosotros hacemos es si es una cuestión de carácter judicial, tenemos la vía de comunicarnos con la Fiscalía General del Estado y si hay posibilidad, con el Consejo Superior del Poder Judicial, que es el órgano de Gobierno de la administración de Justicia. El Defensor del Pueblo puede servir mucho para mediar en los conflictos”, finalizaba Marcelino Nguema Onguene.

Dirección General de la Página Web Institucional (DGPWIGE)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

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